SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1045/2004-R
Fecha: 06-Jul-2004
III.3.
III.3. En la problemática planteada, del análisis objetivo de la Resolución sólo se evidencia que la misma tiene como único fundamento la falta de presentación de una certificación alodial sobre el registro del título de propiedad, que presentó el recurrente acreditando el derecho propietario de su garante personal; empero, esta exigencia de hecho hacía que la garantía personal se convierta en real, situación que como se ha dicho no es posible, pues fue precisamente esta medida que pidió el recurrente sea sustituida; y si bien formalmente y literalmente los recurridos le dieron curso a su petición, materialmente no ocurrió por la exigencia anotada, que para el caso ya no era exigible, puesto que se verificó su domicilio y se aceptó como válido el informe que se presentó del mismo en el que se acredita que coincide con los datos de dirección del que se describe en los documentos de propiedad que se presentaron, situación que no ha sido negada por los recurridos, quienes además no se refirieron a este extremo en su decisión.