SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1047/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1047/2004-R

Fecha: 06-Jul-2004

III.5.

III.5.  Con relación a las SSCC 404/2003-R, de 31 de marzo y 253/2004-R de 20 de febrero, en las que en parte la recurrente apoya sus fundamentos, no pueden ser aplicadas a su caso, puesto que en ellas si bien se analizan si fueron o no indebidas o ilegales la aprehensión y posterior detención preventiva del agraviado, no se parte del análisis de la calificación del hecho imputado, que es lo que en lo principal ahora solicita la recurrente como se ha demostrado precedentemente.

Por los fundamentos expuestos, no corresponde otorgar la tutela solicitada, dado que la recurrente ha denunciado que su detención preventiva es indebida porque su conducta para el caso de considerarse punitiva no debió ser subsumida en los tipos penales que se le imputaron sino en el de receptación, en cuyo caso no hubiera procedido su detención, puesto que la pena para dicho delito no es mayor a dos años de privación de libertad; empero la decisión de la Fiscal en cuanto a la calificación legal de un hecho criminal está exenta de análisis en esta jurisdicción por una parte; y por otra el Juez y vocales recurridos al no tener atribución para observar la imputación formal en cuanto a dicha calificación, no han cometido ninguna lesión a los derechos fundamentales del recurrido bajo protección de este recurso.