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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1051/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1051/2004-R

    Fecha: 07-Jul-2004

    II.2.

    II.2. El 23 de agosto de 2003, el Juez recurrido mediante Auto Definitivo declaró la perención de instancia, haciendo referencia a la previsión contenida en el art. 309 del CPC, ya que la parte demandante -ahora recurrente- abandonó su trámite por más de seis meses (fs. 14), es decir, del 15 de julio de 2002 al 23 de agosto de 2003.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3.   Autoridad recurrida y petitorio
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • III.      FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • requisitos de forma y contenido que deben observarse inexcusablemente en la presentación de todo recurso de esta naturaleza
    • III.2.
    • APRUEBA

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