SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1052/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1052/2004-R

Fecha: 06-Jul-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Dentro del proceso penal que se le sigue, el 6 de abril de 1999 se dispuso su detención preventiva en el que luego de solicitar varias veces la cesación de dicha medida, obtuvo el beneficio bajo fianza juratoria, a cuyo efecto debía fijar un domicilio, que tenía que ser verificado por funcionarios del Juzgado, pero al haber estado cinco años detenido, su familia y círculo social se desintegró y no pudo cumplir con ello, porque no tenía quien le proporcione un lugar donde vivir y tampoco contaba con dinero para conseguirlo por su cuenta, de manera que siguió transcurriendo el tiempo, hasta que el 26 de marzo, se dictó Sentencia condenatoria en su contra y el co-procesado por la que se les condenó a sufrir una pena de cinco años de reclusión, pero debido a su detención excesiva, el 20 de abril de 2004, hizo renuncia al derecho de apelar y solicitó ejecutoria de la sentencia con el objeto de que se practique el cómputo y liquidación de su pena, solicitando además se libre mandamiento de libertad por cumplimiento de condena, pero el Juez por decreto de 21 de abril de 2004, le negó su solicitud por no haber transcurrido los tres días para apelar.

Señala que el 23 de abril de 2004, nuevamente insistió en su pedido, basándose en el carácter extensivo de los recursos interpuestos por uno de los 5 co-procesados que se da cuando éste favorece a los demás imputados, además de ello, también basó su solicitud en lo dispuesto por los arts. 1 y 2 de la Ley de Abolición de prisión y apremio corporal por obligaciones patrimoniales (LAPACOP), pero el recurrido, el 5 de mayo de 2004, proveyó “Estése al Auto de Fojas 794 vta.”, que es el de concesión de apelación presentada por Eduardo Villarroel, por lo que en aplicación de los arts. 18 de la CPE y 4 de la LAPACOP, interpone hábeas corpus.