SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1094/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1094/2004-R

Fecha: 15-Jul-2004

procedente

La Sentencia de 31 de marzo de 2004, cursante de fs. 15 a 17 vta., declaró procedente el recurso, por ende, dejó sin efecto el auto de 15 de mayo de 2002 en la parte que se ordena la entrega del inmueble, bajo conminatoria de desapoderamiento, así como las providencias y resoluciones dictadas como efecto de dicha orden de entrega, sin responsabilidad por ser excusable. Este fallo tiene los siguientes fundamentos:

La ejecución de la Sentencia de 29 de mayo de 1998, al margen de haber declarado el mejor derecho de Dora Liseca Calvimontes Vda. de Bilbao y la validez de las escrituras públicas 341 y 342, únicamente debió circunscribirse a la averiguación de los daños y perjuicios dispuesta en dicha resolución y de ninguna manera extenderse a la entrega y desapoderamiento del inmueble, menos a que terceros desocupen el inmueble, bajo conminatoria de desapoderamiento, por cuanto la parte resolutiva en ninguno de sus acápites dispuso la entrega o desocupación del inmueble. Consiguientemente, al haberse dispuesto tal medida, no solo se rebasaron los límites objetivos y subjetivos de la cosa juzgada, sino que se obró sin competencia, es más, la Autoridad recurrida al haber llevado adelante la orden de entrega y desocupación de 15 de mayo de 2002, dictada por su antecesor, haciendo caso omiso de los reclamos del actor, también obró sin competencia, conculcando sus derechos al debido proceso y a la propiedad.