Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1115/2004-R
Fecha: 19-Jul-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente sostiene que la autoridad demandada ha vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo, a la petición y a percibir una remuneración justa, pues fue destituido indebida e ilegalmente como Jefe de la Unidad Administrativa de AASANA-Cochabamba, decisión que al ser impugnada ante la Superintendencia del Servicio Civil, fue revocada por la RA SSC/IRJ/164/2003 de 23 de octubre, que dispuso su inmediata reincorporación, la que hasta la fecha no se efectiviza no obstante sus reiteradas solicitudes. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- siendo sus decisiones definitivas, sin que admitan, en la vía administrativa, recurso ulterior alguno, salvo el contencioso administrativo
- Resolución Administrativa emitida por la Superintendencia de Servicio Civil, no cabe en esta jurisdicción analizar si la destitución fue legal o no, dado que tal presupuesto ya fue dilucidado en el fondo por la referida autoridad administrativa
- III.2.
- III.3.
- III.4.