SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1115/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1115/2004-R

Fecha: 19-Jul-2004

III.4.

III.4.     Sin embargo es necesario referirse a uno de los fundamentos argüidos por el Tribunal de amparo constitucional, para declarar improcedente el recurso, cual es la existencia de identidad de sujetos, objeto y causa con el anterior recurso que se declaró procedente y fue aprobado a través de la SC 0554/2003 de 29 de abril, lo cual no es evidente pues en aquella oportunidad se solicitó el cumplimiento de la RA SSC/IRJ/006/2002 de 5 de febrero, que es diferente a la que se encuentra impugnada mediante el proceso contencioso administrativo SSC/IRJ/164/2003 de 23 de octubre, con la aclaración de que al haberse declarado procedente ese amparo constitucional se dio cumplimiento al fallo, tal como se acredita por el memorando de 4 de junio de 2003 de fs. 60 de obrados, por el que se comunica al recurrente su reincorporación en las funciones de Jefe de Centro Administrativo de funciones.