Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1129/2004-R
Fecha: 21-Jul-2004
1)
1) Los profesionales médicos contratados con ítems del HIPC, se adhirieron a los alcances y contenido del Convenio de 4 de abril de 2003, en el que se establece una remuneración económica en correspondencia a la carga horaria, en base a las convocatorias efectuadas, reconocimiento de categoría, escalafón médico de acuerdo a reglamentos correspondientes al sector de salud y otros beneficios sociales.
- María Virginia Centellas Ortiz, María del Carmen Ossio Tejerina, Franz Wilburd Yugar Revollo por sí y en representación de cuarenta y ocho médicos empleados
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2 Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- a)
- procedente
- 1)
- 2)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- III.2.
- III.3