Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1129/2004-R
Fecha: 21-Jul-2004
I.3. Trámite procesal en el Tribunal
Sorteado el expediente a Magistrado Relator el 26 de abril de 2004, por requerir de mayor análisis y estudio, mediante Acuerdo Jurisdiccional 110/04, de 21 de junio, el Pleno del Tribunal Constitucional amplió el plazo para pronunciar resolución en la mitad del término legal, al amparo del art. 2 de la Ley 1979; vale decir, hasta el 22 de julio de 2004 (fs. 729-730); consecuentemente, la presente Sentencia se pronuncia dentro del plazo legal.
- María Virginia Centellas Ortiz, María del Carmen Ossio Tejerina, Franz Wilburd Yugar Revollo por sí y en representación de cuarenta y ocho médicos empleados
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2 Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- a)
- procedente
- 1)
- 2)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- III.2.
- III.3