SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1129/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1129/2004-R

Fecha: 21-Jul-2004

Fragmento 4

Con estos antecedentes, plantean recurso de amparo constitucional contra Fernando Antezana Araníbar, Ministro de Salud y Erick Machicado, Director del SEDES,  solicitando: a) que sus derechos laborales señalados sean restituidos, cancelándoles sus salarios por el tiempo de trabajo que fueron contratados de acuerdo a la categorización por especialidad; b) se disponga que en forma retroactiva se les cancele el salario no remunerado por tiempo completo desde el 15 de abril de 2002, y a partir de abril de 2003 se proceda a la cancelación por categoría de especialización; c) se restituya a sus cargos originales por territorialización a todos los médicos que fueron trasladados a otro Distrito Municipal y centro médico; d) la reposición de tiempo completo en los casos que han sido dejados sin efecto por medios tiempos, y, d) se ordene que el Ministerio de Salud y el SEDES den cumplimiento a las normas establecidas en los arts. 157 de la Constitución Política del Estado (CPE) y los derechos señalados en el marco del Estatuto del Médico empleado, norma legal que rige las relaciones laborales de todos los médicos de Bolivia, y no se otorgue un trato discriminatorio a los médicos contratados en el Proyecto de alivio a la pobreza denominados HIPC.