Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1130/2004-R
Fecha: 19-Jul-2004
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente ratificó el contenido de su demanda y la amplió señalando que no existió ningún abandono de su parte a su fuente de trabajo ya que gozaba de una licencia respaldada por el Jefe inmediato superior. Además, en el caso de haber sido destituido por incompatibilidad de funciones, se contravino el art. 16 de la Constitución Política del Estado (CPE) ya que nadie puede ser procesado si el delito no está previamente establecido y de manera escrita. Por otro lado las autoridades recurridas al emitir sus fallos no consideraron las atenuantes existentes.