SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1130/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1130/2004-R

Fecha: 19-Jul-2004

procedente en parte

La Resolución 14/04 de 5 de mayo de 2004, cursante de fs. 91 a 92 vta., declaró procedente en parte el recurso, dejando establecido que el Rector recurrido no intervino en las determinaciones asumidas en el proceso administrativo instaurado al recurrente, por ende, dispuso que el Comité Ejecutivo del Consejo Universitario otorgue al actor el recurso de apelación ante la Comisión Permanente de apelación, para que ante esa instancia haga valer sus derechos y resuelva su situación laboral, con los siguientes argumentos:

a)   El recurrente fue sometido a proceso administrativo en cumplimiento a la RR 239 de 16 de mayo de 2001 por abandono de funciones, conforme el art. 31. c) con relación al art. 72 inc. a) del Reglamento interno de personal administrativo, siendo destituido de su cargo por decisión de la Comisión de Procesos que fue ratificada por el Comité Ejecutivo del Concejo Universitario, empero en ninguna de las Resoluciones emitidas existe la fundamentación respecto al hecho de que el actor habría estado trabajando simultáneamente en dependencias de la Prefectura como se informó en la audiencia.

b)   El actor, sin estar legalmente notificado con la Resolución del Comité Ejecutivo del Consejo Universitario, por memorial de 25 de abril de 2002, presentó apelación la misma que no fue concedida con el argumento de que su recurso debía ser presentado a instancias dependientes de la Ley General del Trabajo, sin tomar en cuenta que el procesamiento del actor se sujetó al Reglamento de procesos universitarios que regula en su art. 32 el recurso de apelación.