Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1167/2004-R
Fecha: 27-Jul-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita tutela a los derechos a la igualdad jurídica, a la seguridad jurídica y a recibir instrucción y adquirir cultura, consagrados en las normas previstas por los arts. 6, 7 inc. a) y e) de la CPE; vulnerados por los recurrentes, quienes aplicando normas derogadas, sin respetar normas de aplicación preferente que le otorgaban el derecho a una segunda opción, entendida como repetir las materias reprobadas en el semestre siguiente, le dieron de baja de la ANAPOL. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- por disposición expresa del art. 22 del referido Reglamento el Consejo Consultivo, se constituye en el Tribunal de apelación para cadetes;
- III.3.
- (fs. 2)
- APRUEBA