SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1171/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1171/2004-R

Fecha: 27-Jul-2004

III.1.

III.1. Con carácter previo a resolver la problemática, es necesario reiterar que los actos ilegales u omisiones indebidas denunciados mediante la demanda de un amparo constitucional, sólo puede ser analizada en el fondo cuando la parte recurrente ha agotado todos los medios y recursos ante la autoridad que lesionó los derechos fundamentales bajo protección de este recurso como ante los superiores en grado que tengan facultad para revisar sus decisiones, de no acreditarse la utilización de dichas instancias, es de aplicación el principio de subsidiariedad que rige el amparo.