SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1215/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1215/2004-R

Fecha: 30-Jul-2004

II.4

II.4           El 14 de noviembre de 2003, en consideración a la solicitud de reincorporación por parte del recurrente, internamente, el Asesor Jurídico del Comando General solicita un informe previo de la Dirección Nacional de Personal (fs. 74) que emitido sugiere que sea el Departamento Jurídico el que analice lo solicitado (fs. 71 y 72); el 16 de diciembre de 2003, el Asesor Jurídico sugiere que el impetrante adjunte la sentencia absolutoria o de inocencia (fs. 69). El 30 de enero de 2004 y 23 de marzo de 2004, el mismo Asesor Jurídico, ratifica sus informes, respectivamente, y requiere que el impetrante acompañe copia debidamente legalizada de la sentencia absolutoria/y o de inocencia (fs. fs. 52 y 49).