SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1215/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1215/2004-R

Fecha: 30-Jul-2004

procedente

Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia resolución que declara procedente el recurso debiendo hacerse el pago de sus salarios desde el mes de junio de 2003, con los siguientes fundamentos: 1) teniendo presente los efectos jurídicos de la parte final del Auto Supremo dictado en la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y en atención a la Resolución 62/2002 de 5 de junio de 2002 dictada por el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional (TDSPN), así como las sucesivas solicitudes sin respuesta, la Policía Nacional incurrió en omisión indebida e incumplió las previsiones del art. 134 del Reglamento de disciplina y sanciones de la Policía Nacional; más aún cuando el recurrente no fue juzgado penalmente; 2) ante la determinación de rehabilitación por parte del TDSPN, el recurrente se apersonó posteriormente ante el Comando solicitando su rehabilitación y consiguiente reincorporación al servicio activo, dato que corresponde sea considerado a los efectos de daños y perjuicios que se demandan; no así el tiempo anterior que estuvo en suspenso por causa de la baja dispuesta, así como de la acción penal instaurada.