SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1232/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1232/2004-R

Fecha: 30-Jul-2004

Fragmento 4

El vocal recurrido, Freddy Martínez Ovando se ratificó íntegramente en el tenor y fundamentos del Auto de Vista 23/2004 e informó que en el proceso ejecutivo que origina el Amparo, se notificó a los ejecutados en Secretaría del juzgado, en violación del art. 137.4, 6 del CPC, que de acuerdo al parágrafo segundo del mismo artículo ordena que deben ser notificados por cédula en el domicilio señalado por las partes; norma cuyo incumplimiento acarrea la nulidad como dispone el art. 247 de la LOJ relacionado con el art. 251 del CPC y que constituye un vicio de nulidad absoluto que no puede ser confirmado o subsanado, motivo por el cual corresponde declarar Improcedente el recurso, renunciando a las costas.