SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1238/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
II.6.
II.6. El 22 de mayo de 2002, el recurrido dictó Auto mediante el cual, en ejecución de la Sentencia de 14 de abril de 1998, dispuso la restitución del lote de terreno ubicado en Villa Huayna Potosí del Alto de La Paz, signado con el “Nº” 6 manzano “I”, con una superficie de 285 m2, a Maria Montes Méndez, aunque dicho bien estuviera en posesión de terceros; Resolución que fue apelada por el recurrente mediante memorial de 6 de junio de 2002, argumentando que el lote cuya restitución se ordenaba no era de su persona solamente, sino que también era de su esposa fallecida; por tanto luego de haber realizado el trámite de declaratoria de herederos le pertenecía a sus tres hijos representados a lo que el recurrido decretó que la ejecución de sentencia no se podía suspender por la interposición de ningún recurso (fs. 419; 426 y 427).