SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1243/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
representante del Ministerio Público,
El representante del Ministerio Público, emite Dictamen por que se declare procedente el recurso con el argumento de que conforme con la escritura de constitución de la empresa “AGUA DULCE”, que si bien venía funcionando en un domicilio no señalado en la referida escritura sino en el inmueble de propiedad del demandado, donde actualmente funciona y desempeña sus labores, ha sido con el consentimiento si no expreso por lo menos tácito del dueño del inmueble quien ha acreditado su derecho propietario sobre el mismo, por lo que existen vías legales para que pueda obtener el desalojo y correspondiente lanzamiento que es un procedimiento en la vía civil , toda vez que el recurrente ha acreditado que la razón social de la mencionada expresa le pertenece y que en el medio viene abasteciendo una de las necesidades más elementales de la población, causando la actitud del recurrido evidentes perjuicios.