Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0030/2004-CDP
Fecha: 03-Ago-2004
I.3.
I.3. El 12 de diciembre de 2003, el nuevo Director del SEDES Cochabamba, solicitó a la Corte de amparo que proceda a la apertura del término de prueba (fs. 349), por lo que a través del Auto de 16 de ese mes y año, en mérito a la SC 329/2003-R, 19 de marzo, que aprobó la procedencia del recurso, con responsabilidad civil, se abrió el término probatorio de ocho días (fs. 349 vta.).