SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0080/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0080/2004

Fecha: 02-Ago-2004

III.6

III.6          Corresponde aclarar que las normas previstas por los arts.114 al 116 referidos a la labor de Inspectoría y otros previstos por la Ley de Organización Judicial, 1455 de 18 de febrero de 1993, fueron derogadas por la disposición final primera de la Ley del Consejo de la Judicatura, por lo que al respecto, no puede emitirse criterio respecto al fundamento alegado por los vocales recurridos.