Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0091/2004
Fecha: 16-Ago-2004
INAPLICABILIDAD
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 120.4ª de la CPE, 7 inc. 3, 68 y siguientes de la LTC, con los fundamentos expuestos, resuelve declarar la INAPLICABILIDAD al caso concreto, de las Ordenanzas 08/98 de 7 de marzo de 1998 y 021/99 de 8 de octubre de 1999, mediante las cuales el Concejo Municipal de Porongo aprobó las Tasas por servicios y multas por infracciones, así como las Tasas de urbanización, respectivamente.
- Silvia Bellot Crooker, en representación de Guillermo Rodrigo Bellot Crooker y Juan René Bellot Crooker
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- III.1.
- III.2.
- III.4.
- INAPLICABILIDAD