Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 01326/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
II.3
II.3 Mediante nota del 13 de abril de 2004 la recurrente solicitó al Alcalde reconsidere su decisión de retirarla del cargo por no haber asistido a trabajar el día domingo anterior (fs. 7). El recurrido, a través de memorándum fechado el 12 de abril de 2004, entregado a la actora el 15 del mismo mes, le comunicó que prescinde de sus servicios por haber fenecido el contrato el 1 de abril de 2004 (fs. 8).