Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 01326/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
II.4
II.4 Por oficio de 16 de abril de 2004, el recurrido responde a la solicitud de reconsideración formulada por la recurrente, expresando que el 12 de abril ésta no fue retirada, sino que fue ella la que abandonó abruptamente la reunión, reiterándole además que ha fenecido el contrato (fs. 9 a 10).