SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1208/2004-R
Fecha: 02-Ago-2004
III.4.
III.4.El Fiscal co-recurrido imputó formalmente al recurrente el 16 de marzo de 2004 (fs. 43) requiriendo al Juez Cautelar le imponga la medida cautelar de detención preventiva, considerando que el imputado fue condenado a pena de privación de libertad por otro delito y se le negó la suspensión condicional de la pena, a más de tener antecedentes policiales contra la propiedad, existiendo peligro de fuga, a tenor de lo previsto por los incisos 4) y 7) del art. 234 del CPP.
III.4.Con referencia a la comprobación o no de la falsedad del documento que arguye el recurrente, corresponderá dilucidarse este aspecto en el transcurso del proceso penal que se le sigue. Asimismo, en lo relacionado con la prescripción de los delitos que alude el actor, éste cuenta con los medios legales para hacerla valer durante el indicado proceso.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3.Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.3.
- III.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- sin que lo haya perseguido u hostigado indebidamente, y menos a consecuencia de ello, haya dispuesto su privación de libertad.
- III.3.
- APRUEBA