SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1249/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1249/2004-R

Fecha: 10-Ago-2004

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente señaló que el 18 de junio de 2004, policías dependientes del Distrito Policial 1, sin mandamiento de aprehensión emitido por autoridad competente y sin la presencia del representante del Ministerio Público, detuvieron a Marcelo Choque Villca a horas 18:00. Luego el Grupo Delta de la Unidad Operativa de DIPROVE allanó el domicilio de su hijo, Jhonny Salvatierra Alvarado, deteniéndolo a horas 21:45 del mismo día. De igual forma detuvieron sin ninguna orden de allanamiento o mandamiento de aprehensión a Alberto Barba Abacay, en franca violación del art. 9 de la CPE y del art. 180 del CPP, conduciéndolos a dependencias de DIPROVE.  Al día siguiente, después de quince horas de aprehensión, recién fueron presentados ante el Fiscal de Materia, en desconocimiento de lo establecido por el art. 227 del CPP; sin embargo, dicha autoridad no subsanó el error cometido y violando el art. 71 del CPP formuló imputación el domingo 20 de junio; la misma que fue presentada ante el Juez Séptimo de Instrucción recurrido, quien no obstante de remitir antecedentes al Fiscal de Distrito para la investigación de los policías, ordenó indebidamente la detención preventiva de sus hoy representados en inobservancia de los arts. 167 y 172 del CPP, cuya causa se encuentra radicada ante el co-recurrido, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal; corresponde entonces, verificar si los extremos demandados se encuentran dentro del ámbito de protección del art. 18 de la CPE.