SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1290/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1290/2004-R

Fecha: 10-Ago-2004

Fragmento 13

El recurrente solicita tutela a sus derechos a la defensa, al debido proceso, a la seguridad jurídica y al trabajo, ya que en la tramitación de un proceso disciplinario instaurado en contra suya, se produjeron las siguientes irregularidades: a) la nota de 26 de diciembre de 2000, enviada al Fiscal General de la República  por la Directora Ejecutiva de la Aduana Nacional, no constituye una denuncia, conforme  exige el art. 113 de  la LOMP; b) el Fiscal de Distrito dispuso la apertura de proceso disciplinario, sin haber calificado las supuestas faltas acusadas, por lo que interpuso  incidente de nulidad, sin resultado alguno; c) la excepción de prescripción que planteó fue rechazada por el Fiscal de Distrito, con el fundamento de que la misma fue interrumpida con el oficio  FGR/STRIA. 289/01, sin tomar en cuenta que a través de éste sólo se solicitó un informe, y al haberse formalizado la denuncia recién el 2 de abril de 2002, el rechazo de la prescripción planteada resulta ilegal; d) al momento de suscitarse las supuestas faltas no existían reglamentos internos para el procesamiento de los funcionarios del Ministerio Público, por lo que el tribunal de segunda instancia fue conformado después de casi cuatro años de cometido el supuesto hecho irregular, siendo designados sólo por dos miembros habilitados, vulnerando su derecho al Juez natural, y no obstante de ello, se confirmó su destitución; e) desde el inicio del proceso disciplinario interno (8 de abril de 2002), se le ha condenado al desempleo, por cuanto no le fueron pagados sus salarios ni bonos desde la fecha en que fue notificado con el fallo de segunda instancia. En consecuencia en revisión de la Resolución de la Jueza de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de alguno de los derechos fundamentales del recurrente; a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.