SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1292/2004-R
Fecha: 12-Ago-2004
a)
Las autoridades recurridas, adjuntando el informe de fs. 35 a 36, señalan lo que sigue: a) en el proceso laboral seguido por Edgar Orlando Camacho contra Nelson Villarroel Cardona se dictó Sentencia el 6 de enero de 2004, la misma que fue notificada a las partes; b) el 20 de febrero de 2004 a horas 17:40 Guido Flores Espinoza presentó un memorial por el que interpuso apelación contra la mencionada Sentencia en calidad de apoderado del demandado, mencionado el Testimonio 563/2003. Es decir, Guido Flores y Luis Fernando Boris Flores Orellana -ahora recurrentes-, se apersonaron en representación de Nelson Grover Villarroel Cardona y, sin firmar el memorial como abogados del mismo, sino como apoderados; c) en razón a que la Jueza a-quo rechazó la apelación por no haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en el art. 58 del CPC, aplicable al caso de autos por mandato expreso del art. 252 del Código procesal del trabajo (CPT), la Sala recurrida procedió a declarar ilegal la compulsa incoada; d) no se hizo otra cosa que respetar y aplicar la normatividad procesal que a decir del art. 90 del CPC, es de orden público, en consecuencia, no se vulneró derecho alguno, por lo que solicitan se declare improcedente el presente recurso, con costas y multa.