Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1324/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
II.10.
II.10. El 17 de abril la recurrente remitió nota a Petrona Apanqui, convocándole a asistir a las sesiones del Concejo por no estar en ejercicio su titular (fs. 94), pero el 6 de mayo la indicada Concejal, informó a la recurrente que no pudo asistir a las sesiones del 18, 23 y 30 de abril por haber tenido inconvenientes personales, también hizo constar que no remitió ninguna nota respecto de la falta de notificación con las convocatorias a las indicadas sesiones y que asumirá a partir de esta fecha sus funciones (fs. 95).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- SSCC 265/2003-R, de 28 de febrero, 306/2003-R, de 17 de marzo y 1027/2003-R, de 22 de julio,
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 5
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de amparo constitucional
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- SC 701/2004-R, de 11 de mayo
- III.2.
- III.3.
- III.4.