SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1324/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes, solicitaron tutela de sus derechos al trabajo, a la representación, garantías al debido proceso y contra los actos de quienes usurpen funciones que no les competen y de los que ejercen jurisdicción o potestad que no emana de la ley, consagradas en las normas previstas por los arts.”7.d), 16.IV, 31 y 201 de la CPE y 14, 16.I, II, V, 23, 51.1, .2, .3, .4, .5 y .6 de la LM”, denunciando que han sido vulnerados por el recurrido, puesto que al haberse demostrado que existen procesos penales con acusación formal en su contra, el Concejo Municipal determinó la suspensión temporal de las funciones de Alcalde y Concejal; sin embargo desde que conoce esa determinación sigue firmando documentos, cartas, memoriales y otros, restringiendo sus derechos, entrabando y perjudicando las actividades administrativas del Concejo como del Municipio, alegando que es la única autoridad Municipal, mientras que los recurrentes no son autoridades legalmente constituidas. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Juez de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos y garantías constitucionales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- SSCC 265/2003-R, de 28 de febrero, 306/2003-R, de 17 de marzo y 1027/2003-R, de 22 de julio,
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 5
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de amparo constitucional
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- SC 701/2004-R, de 11 de mayo
- III.2.
- III.3.
- III.4.