SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1324/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
procedente
Concluida la audiencia, el Juez de Partido y Sentencia de Sorata, provincia Larecaja del departamento de La Paz, en suplencia legal del Juez de Partido de la provincia Camacho del mismo Departamento, en desacuerdo con el dictamen del representante del Ministerio Público, declaró procedente el recurso, determinando la suspensión temporal del ejercicio de sus funciones de recurrido, manteniendo vigente el nombramiento de la recurrente y al estar cuestionado el nombramiento del recurrente, dispuso se regularice conforme a procedimiento, con responsabilidad civil a ser determinada en ejecución de sentencia, con los siguientes fundamentos: a) existe prueba que demuestra que el recurrido se encuentra acusado por el Ministerio Público junto a otros concejales ante el Tribunal de Achacachi; b) la convocatoria para la sesión del Concejo, donde se determinó la suspensión del recurrido, tiene observaciones por no haber sido convocados todos los concejales habilitados; y c) no se dan los presupuestos exigidos por la norma prevista por el art. 96 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), por eso considera que no existe cosa Juzgada respecto del amparo interpuesto por el recurrido contra los recurrentes.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- SSCC 265/2003-R, de 28 de febrero, 306/2003-R, de 17 de marzo y 1027/2003-R, de 22 de julio,
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Fragmento 5
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de amparo constitucional
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- SC 701/2004-R, de 11 de mayo
- III.2.
- III.3.
- III.4.