SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1337/2004-R
Fecha: 19-Ago-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 7 de junio de 2004 (fs. 19 a 23) el recurrente arguye que en calidad de mandatario de su representada planteó querella el 17 de septiembre de 2003, contra Ceciliano Choque Colque, por el delito de uso de instrumento falsificado, argumentando que ella era propietaria de unos lotes de terreno sitos en la zona del barrio Germán Busch colindante con el barrio SENAC sobre la avenida Héroes de la Independencia, que una parte de dicho inmueble fue ocupada arbitrariamente por el querellado, quien ante una medida preparatoria de demanda, contestó indicando que estaba ejerciendo un derecho propietario adquirido mediante compraventa de Rosa Abán de Ferreira a través del mandatario de la misma, Santiago Ferreira Abán, plasmado en un instrumento privado reconocido que se encuentra protocolizado y registrado en Derechos Reales.
Expresa que una vez que se realizó una investigación el Servicio de Impuestos Nacionales indicó que el papel sellado 10161594 Serie “D 91”, en el cual supuestamente se suscribió el reconocimiento de firmas de fecha 10 de diciembre de 1991 de la compraventa realizada por Ceciliano Choque, fue vendido en la ciudad de Tarija cinco meses y tres días después, es decir en el mes de mayo de 1992, por lo que existía una imposibilidad material para la existencia válida del reconocimiento de firmas, demostrando su falsedad.
Refiere que esa resolución fiscal fue impugnada por su parte y el Fiscal de Distrito a.i. Armando Vilar Gonzáles, co-recurrrido, reconoció que el querellado usó el documento pero, dispuso se inicie proceso civil para determinar la falsedad del documento y su autoría, para recién acudir a la vía penal, debiendo su representada previamente demostrar la falsedad del documento y su autoría. Esa determinación viola el art. 39 y 40 del Código de procedimiento civil (CPC) que determina que la sentencia ejecutoriada dentro de juicio civil, no impedirá ninguna acción penal posterior sobre el mismo hecho, aspectos refrendados por los fallos de la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito de Tarija.