SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1355/2004-R
Fecha: 18-Ago-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el escrito presentado el 15 de julio de 2004 (fs. 14-15), el representante del recurrente expresa que en el fenecido proceso de divorcio seguido por Patricia Sandra Numberg Aguilera contra Francisco Antonio Serrate Justiniano, a pedido de la demandante el 21 de enero de 2004 se ordenó la liquidación de pensiones devengadas, que se practicó indicando que la misma es para Francisco Gutiérrez, la cual aparentemente se notificó a su representado, cuando la conminatoria era para Francisco Gutiérrez y con dicha ilegal notificación se ordenó y libró el mandamiento de apremio el que fue ejecutado el 3 de abril pasado. Apenas su patrocinado recobró su libertad se practicó una nueva liquidación el 17 de mayo, pretendiendo nuevamente hacer valer la indebida notificación, lo que observó mediante memorial de 8 de junio de 2004, a lo que el Juez recurrido decretó se tenga presente, pero el 16 de junio ordenó se libre nuevo mandamiento de apremio en su contra en virtud a que éste no había cancelado la liquidación que corre a fs. 986, cuando la misma se practicó para Francisco Gutiérrez, incurriéndose en persecución indebida que vulnera el derecho a la libre locomoción, a la seguridad jurídica y al trabajo de su representado .