SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1357/2004-R
Fecha: 18-Ago-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 26 de mayo de 2004, cursante de fs. 159 a 161, el recurrente asevera que en el mes de octubre de 2002, la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA), mediante la Carrera de Ciencias de la Comunicación Social emitió la convocatoria pública para el concurso de méritos y exámenes de competencia destinados para la provisión de cátedras, en cuyo efecto se nombró una comisión de evaluación integrada por docentes y estudiantes de acuerdo al capítulo 6 del Reglamento y Normas Universitarias referido a la selección y admisión docente. Realizado el proceso sus representados lograron aprobar el concurso, siendo publicados los resultados por las autoridades de la UMSA. Transcurrida la gestión 2003 con normalidad, a la llegada de la autoridad recurrida, se iniciaron una serie de abusos y atropellos desconociendo sus derechos consagrados en la CPE, el Estatuto Orgánico de la UMSA, el Reglamento del Régimen Académico Docente de la Universidad Boliviana, el Código penal y el Pacto de San José de Costa Rica, pues, dispuso su separación en los horarios establecidos para sus materias y sin respaldo alguno contrató otros profesionales para que ocupen sus cátedras, razón por la cual desde febrero del presente año, no son tomados en cuenta en los horarios oficiales, no tienen las aulas correspondientes y sus materias se hallan ocupadas por amistades del recurrido recibiendo sus salarios lo que significa un doble gasto para la Universidad, pese a no existir causal de remoción o despido por lo que se produjo una exoneración indirecta y dolosa.
Por tal motivo, recurrieron a las autoridades superiores de la Universidad como a Instituciones ajenas, como la Defensoría del Pueblo, Derechos Humanos e Inspectoría del Trabajo, habiendo pronunciado el Consejo Universitario las Resoluciones de 25 de febrero y 30 de marzo de 2004 disponiendo que continúen en sus funciones, incluso la segunda determinación ordenó se extiendan a su favor memorandos como catedráticos titulares “A”, sin que el demandado haya cumplido la orden en desconocimiento de las autoridades superiores de la Universidad, en cuyo mérito su situación hasta el momento no fue solucionada, por lo que interpone el presente recurso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.11
- II.12.
- II.14.
- II.15.
- II.17.
- II.18.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- hasta que el Consejo Universitario en base a informes solicitados no determine lo contrario
- únicamente pueden ser removidos de sus cargos por las causales establecidas por los arts. 81 y 82 del citado Reglamento
- III.2.