Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1389/2004-R
Fecha: 31-Ago-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente arguye que la audiencia de amparo constitucional que interpuso contra los Concejales Florentino Gómez Ríos, Martha Filomena Medrano Herrera y Hortensia Chávez Terrazas, por haber sido suspendida de sus funciones de Alcaldesa sin el quórum correspondiente, se realizó sin haberse entregado las citaciones debidamente diligenciadas al Juez de amparo relativas a las dos últimas Concejalas citadas. Corresponde, en revisión, analizar si en la especie es pertinente otorgar la tutela pretendida.
- recurso de amparo constitucional
- (sic.)
- Fragmento 3
- a)
- El juez recurrido Reynaldo Sangueza Ortuño
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- 8 de junio de 2004 a horas 17:30
- el expediente correspondiente a dicho amparo, registrado como 2004-09303-19-RAC, mereció la SC 1388/2004-R de 30 de agosto que revocó la Resolución del Juez de Amparo y anuló obrados hasta fs. 177 inclusive, disponiendo se señale de manera inmediata día y hora para verificativo de audiencia
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- APROBAR