Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1403/2004-R
Fecha: 31-Ago-2004
II.3
II.3 El representante del Ministerio Público, el 31 de octubre de 2003 presentó acusación formal contra el recurrente por los delitos de hurto, apropiación indebida, abuso de confianza y estafa (arts. 326, 345, 346 y 335 del CP). Recibida la misma por el Tribunal de Sentencia, éste en 4 de noviembre del mismo año, radicó la causa disponiendo que de existir parte querellante sea notificada para que presente su acusación particular y ofrezca prueba (fs. 2-3), proveído con el que el Oficial de Diligencias notificó al denunciante Juan Carlos Veramendi como parte querellante en 13 de noviembre (fs. 4).