SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1466/2004-R
Fecha: 13-Sep-2004
II.2.
II.2. Por Resolución 13/04 de 12 de mayo de 2004, la autoridad judicial recurrida, rechazó la solicitud de cesación de detención preventiva presentada por los actores con los siguientes fundamentos: a) la decisión de detención preventiva, no implica que se viole la presunción de inocencia, pues no es competente para analizar exclusiones probatorias aspecto que debe ser planteado dentro de un juicio oral; b) los fundamentos referidos a la obstaculización de acuerdo a los arts. 234 y 235 del CPP no han sido desvirtuados por los imputados como tampoco el art. 15 de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (LSNSC), pues en fecha anterior se denunció a la Corte Superior que inclusive uno de los abogados de los imputados se atrevió a llamarla mediante celular para amenazarla; c) respecto a la declaración de Simón Arratia Espinal, es un supuesto implicado en la etapa preparatoria respecto a quien el Ministerio Público libró mandamiento de aprehensión y con relación a las declaraciones ampliatorias de los imputados, la doctrina ha establecido que no se puede dar valor a las declaraciones prestadas por los imputados sino sólo para fines de exculpación (fs. 104-105).