SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1466/2004-R
Fecha: 13-Sep-2004
II.3.
II.3. En la audiencia de consideración de cesación de detención preventiva de 24 de julio de 2004, los recurrentes ofrecieron como prueba, un informe pericial de parte de 5 de julio de 2004, en el que se establece que la firma y rúbrica de Sixto Quispe Condori en la carta de renuncia de 30 de diciembre de 2003 son auténticas (fs. 8-26). Respecto a las supuestas amenazas, presentaron una certificación del Jefe Policial de Pucarani en sentido de que no hubo ningún incidente desde el 19 de marzo, ni existe denuncia presentada por el fiscal del caso ni por la autoridad recurrida. Igualmente presentaron documentos personales y familiares, certificados domiciliarios, certificados de participación en actividades de capacitación y declaraciones testificales (fs. 57-71).