Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1497/2004-R
Fecha: 17-Sep-2004
II.2.
II.2. El 10 de agosto de 2004, no habiendo asistido el recurrente a la audiencia convocada para la fecha, la querellante solicitó mandamiento de aprehensión, lo que motivó que la recurrida en aplicación a las normas previstas por el art. 224 parte in fine del CPP, existiendo indicios de la autoría del hecho y de la obstaculización de la investigación ordenó la aprehensión del recurrente (fs. 36 y 38).