SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1497/2004-R
Fecha: 17-Sep-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita tutela a sus derechos a la libertad física y a la seguridad jurídica, consagrados por las normas previstas en los arts. 7 inc. a), 9 y 18 de la CPE, denunciando que han sido vulnerados por la recurrida, puesto que lo aprehendió y lo mantuvo detenido sin que exista mandamiento de detención emanado de autoridad competente y por escrito, además sin considerar que el delito por el que se lo juzga tiene pena privativa de libertad inferior a tres años. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Juez de hábeas corpus, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.