SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1524/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1524/2004-R

Fecha: 28-Sep-2004

improcedente

Concluida la audiencia pública, el Tribunal de amparo, declaró improcedente el recurso, fundamentando lo que sigue: a) el art. 279 del Código de procedimiento penal (CPP) establece que ni la Policía ni la Fiscalía pueden actuar libremente sino bajo control jurisdiccional y ese control jurisdiccional se puso en vigencia desde el 2 de febrero de 2004, por lo que el recurrente tenía la posibilidad de promover cualquier reclamo o incidente ante el Juez Tercero de Instrucción cautelar; b) en cuanto a que se hubiese vulnerado su derecho a petición, la Aduana Nacional dio respuesta a su solicitud mediante la Resolución Administrativa de 25 de mayo de 2004; además que dicha Resolución no ha sido impugnada conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo, ni se ha promovido o solicitado incidente conforme lo dispuesto por el art. 255 del CPP.