SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1530/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1530/2004-R

Fecha: 27-Sep-2004

III.2.

III.2.   Asimismo, en la reiterada y amplia jurisprudencia del Tribunal Constitucional se ha establecido que el recurso de hábeas corpus ha sido instituido con la finalidad esencial de resguardar la libertad individual y de locomoción, y procede cuando una persona creyere estar indebida e ilegalmente perseguida, procesada o presa. Cualquiera de estas situaciones, por otra parte, debe estar estrechamente vinculada con la presunta restricción o supresión del derecho a la libertad individual, de modo que tratándose de proteger el debido proceso a través de este recurso, sólo será viable cuando aquellos supuestos lo hagan indebido y sean causal de privación de libertad, de restricción de la misma o de ilegal persecución. En ese sentido se tienen las SSCC 336/2001-R y 290/2002-R, entre otras, línea jurisprudencial aplicable al presente caso.