SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1559/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1559/2004-R

Fecha: 28-Sep-2004

III.3.

III.3. En el caso que se revisa, corresponde precisar que, si bien es cierto que  contra el memorándum de repliegue de 18 de febrero de 2004, expedido por el Comandante Nacional a.i., del COA, el hoy actor interpuso recurso de revocatoria ante el Presidente Ejecutivo de la Aduana Nacional por memorial de 12 de marzo de 2004, en el que señala que interpone dicho recurso “al amparo del art. 66 de la Ley del Estatuto del Funcionario Público”; empero, también es evidente, que este precepto legal establece que el recurso de revocatoria debe ser interpuesto ante la misma autoridad que hubiese dictado la decisión impugnada.  

En el hipotético caso de que el Estatuto del funcionario público sea aplicable al caso de análisis, resultaría evidente que esa impugnación fue presentada  por error  ante una instancia diferente a la señalada por el precepto legal anotado por el recurrente, por cuanto no fue interpuesto ante la autoridad que expidió el memorándum 057/2004 impugnado, como exige la citada norma, lo que no justifica la pretensión de salvar esa actuación inadecuada por la vía del amparo.