Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1564/2004-R
Fecha: 28-Sep-2004
II.4.
II.4. Mediante carta igualmente notariada de 2 de junio de 2004, los ahora recurridos respondieron al actor en sentido de estar procediendo en el marco de los Estatutos y en observancia a lo dispuesto en la Asamblea ordinaria, por lo que extrañaron las observaciones contenidas en la nota de 25 de mayo (fs. 26 a 27), y a través de las cartas notariadas de 2 y 8 de junio, los propios recurridos solicitaron al actor que, en su condición de Presidente del Colegio de Psicólogos, les proporcione la lista de todos los afiliados y el estado de sus cuotas a objeto de llevar adelante el proceso eleccionario (fs. 28 y y 32).