Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1565/2004-R
Fecha: 28-Sep-2004
II.6.
II.6. El comandante del Organismo Operativo de Orden y Seguridad Juan Carlos Martínez Cavero informó al co-recurrido Liborio Zambrana Melgarejo el 12 de abril de 2004 (fs. 3) que en cumplimiento al requerimiento del Fiscal co-demandado de la misma fecha la Policía actuó en la zona de Ticti Sud el 14 de marzo del mismo año, pero los efectivos policiales llegaron posteriormente a los hechos de violencia y destrozos de las viviendas, debido a un accidente que sufrió el motorizado de la Policía en el trayecto; y el 16 de marzo del año en curso, se convocó a ambas partes para que presenten sus respectivos documentos que acreditaban su derecho propietario sobre los terrenos ante el referido Fiscal.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- El fiscal de Materia Roberto Tórrez Ortiz
- El co-recurrido, Liborio Zambrana Melgarejo,
- El co-demandado, Salustiano Franco,
- improcedente
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 19
- si bien
- Tutela provisional que no significa acceder al petitorio de los actores que solicitan “se devuelvan en el día los terrenos desposeídos” (sic.)
- III.2.
- 2º