Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1568/2004-R
Fecha: 28-Sep-2004
II.3.
II.3. El 18 de mayo de 2002, los demandados ahora recurrentes, interpusieron excepciones de incompetencia, falta de personería del demandante, falta de fuerza ejecutiva y cosa juzgada (fs. 81). Mediante Auto de 13 de septiembre de 2002, el Juez Quinto de Partido en lo Civil declaró improbada la excepción de incompetencia (fs. 135).