Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1571/2004-R
Fecha: 28-Sep-2004
II.2.
II.2. Mediante proveído de 8 de julio de 2004, el recurrido se negó a dar cumplimiento a la comisión instruida referida anteriormente, con el argumento de que el indicado inmueble fue transferido en su totalidad al FONDESIF, registrado bajo la partida 492 de 24 de mayo de 2004, ya no siendo el Banco Boliviano Americano (BBA) su propietario (fs. 20).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- y si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia
- III.2.
- por no haberse precisado, en forma expresa, los derechos fundamentales supuestamente conculcados, suprimidos o amenazados
- APROBAR