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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1576/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1576/2004-R

    Fecha: 27-Sep-2004

    ANULAR

    El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE, 7.8ª y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos expuestos, resuelve en revisión ANULAR obrados hasta que se proceda a la legal notificación de la tercera afectada en el caso que se analiza.

    • recurso de
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad y personas recurridas y petitorio
    • I.1.4. Adhesión al recurso
    • I.2.2. Informe de los recurridos
    • Fragmento 6
    • procedente
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • El término de las 48 horas, señalado para que el recurrido presente su informe, cuenta también para que el tercero interesado pueda apersonarse y formular sus alegatos, computable, para ambos, desde la última notificación con la admisión del recurso
    • III.2.
    • ANULAR

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