AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2005-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2005-CDP

Fecha: 05-Ene-2005

I.2.  a)

I.2.  a)      Devuelto el expediente a la Corte de origen y decretado el "cúmplase" en 17 de enero de 2000 (fs. 46 vta.), con el que fue notificado el actor, así como con la Sentencia Constitucional, en 26 de enero de 2000 (fs. 47), mediante memorial presentado el 20 de diciembre de 2002 (fs. 54 y 55), el recurrente solicitó al Tribunal de amparo, la calificación de daños y perjuicios, el cual abrió término probatorio de ocho días a través del Auto de 15 de agosto de 2003 (fs. 62), con el mismo que se notificó al  demandante en 30 de octubre de 2003 (fs. 65 vta.), al igual que a la Presidenta del Concejo Municipal, mientras que al Alcalde se lo notificó en 31 del mismo mes y año.