Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0005/2005-R
Fecha: 03-Ene-2005
II.1.
II.1. El 1 de diciembre de 2004, a horas 15:30, sin adjuntar prueba alguna, Omar, Diego, José y Rodrigo Villalba (recurrentes) presentaron memorial de recurso de hábeas corpus (fs. 4 y vta.), la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de la Paz, dictó la Resolución de 1 de diciembre de 2004, admitiendo el recurso y señaló audiencia para su consideración para el 2 de diciembre, disponiendo la citación de los recurridos (fs. 5).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- citación personal o por cédula en la oficina de la autoridad demandada
- sólo en aquellos casos en los que de obrados se evidencia su legal citación y pese a ello, no comparece a la audiencia
- ANULAR OBRADOS